A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Margarita Cabello Blanco·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por la Procuradora General de la Nación.
La Jefa del Ministerio Público manifestó su impedimento para rendir concepto en la demanda de la referencia, para lo cual invocó los artículos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991.
En concreto adujo que, en su otrora condición de ministra de Justicia y del Derecho, intervino en la expedición del Decreto 806 de 2020, el cual es adoptado como legislación permanente mediante la Ley 2213 de 2022.
Teniendo en cuenta que la Procuradora manifestó su concepto respecto de un decreto expedido en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y que por lo mismo tenía vocación transitoria y que la ley que se cuestiona tiene por objeto darle permanencia a tal Decreto, cuestión sobre la que no se ha pronunciado la funcionaria, concluyó la Corte que el impedimento no se enmarcada en las causales reconocidas y que por lo mismo resulta infundado.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR con base en las razones expuestas en esta providencia, el impedimento manifestado por la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, para emitir concepto dentro del expediente D-14.853.
- SEGUNDO. LEVANTAR la suspensión de términos para que la Procuradora rinda el concepto correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.